23 diciembre 2008

Cosas de jueces


El Consejo General del Poder Judicial, en visperas del dia de los inocentes, nos deja un par de perlas que dudo pasen a los anales del derecho comparado. Por un lado, confirma la costosísima pena de 1.500 euros de multa para el juez Tirado, caso "Mari Luz", y por otro condena al magistrado Ferrín Calamita a dos años de inhabilitación por el retraso en la adopción de dos lesbianas.

Resulta paradójico que sea tan dispar la sanción ante bienes jurídicos diferenciados, de un lado el derecho a la vida de la tristemente famosa Mari Luz, y el derecho a la adopción de la niña, solicitada por la pareja sentimental de la madre biológica en el segundo supuesto.

En el primer caso, con una secretaria judicial también sancionada por dilación y hasta el ministro de Justicia de uñas con la decisión del órgano rector de la judicatura, las palabras del padre calificando la decisión como de vergüenza nacional creo que son bastante definitorias por si mismas. En el supuesto del magistrado de Murcia, si bien la trascendencia pública ha sido algo menor, encierra una dificil dicotomía entre las convicciones personales y el recto ejercicio de la función jurisdiccional.

Afuera parte el superior mandato de un juez de familia de velar por el menor, las colisiones entre lo moral y lo legal dan como resultado o una prostitución de lo primero o una torticera interpretación de lo segundo. No ha quedado probado, y cito la sentencia, el dolo del juez o la existencia de un plan preconcebido para dilatar maliciosamente la adopción, parece que nunca se sabrá hasta donde llegó el celo por comprobar pericialmente eventuales daños en la menor o donde empezaron las consideraciones de otra índole.

Estos dias he recordado algunas lecciones de Derecho Natural, de ese que estudiabamos en primero de carrera los del plan de 1953. No sé si era Karl Schmitt aquel de que no todo lo que es legal es justo, en cualquier caso las críticas al Positivismo iban en ese sentido: lo legal es lo que aparece cada día en los boletines oficiales, con independencia de consideraciones tales como las religiosas, éticas o morales, sea bueno o no. Llegado al extremo, las leyes de pureza racial del III Reich eran legales, formal y procedimentalmente hablando desde luego.

¿Hasta donde llega el margen de maniobra de un juez para interpretar una disposición legal? no lo sé. Siempre me he considerado un ius naturalista moderado, pienso que hay cosas esencialmente correctas y otras que no lo son, quiero ser partidario de que lo bueno y lo malo existe, pero también soy consciente de que la amplia gama de grises es inmensa y perversa.

Puede parecernos más o menos correcta una ley, sobre todo viendo el pelaje de muchos depositarios de la soberania popular; miedo me daría asomarme a cualquier comisión legislativa y ver el cursus honorum de más de uno, confiemos en los letrados de las cámaras esta vez. Pero el sistema es el que hay, lo legal emana de donde emana y tristemente la función de un juez es aplicar el derecho que le viene, podremos interpretar y matizar pero nunca dejar de aplicar el cuerpo legislativo, sea mejor o sea peor.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Lo has dicho bastante bien. Si eres la justicia pues aplicas la ley que hay, te guste o no. Si no, pues no debes ser juez...

Imperator dijo...

Es que es eso, puedo entender las motivaciones del juez, no lo voy a negar, pero hay que ser objetivo, profesional y desapasionado en el trabajo sino mal vamos.